Despido e indemnización de la empleada doméstica

Cuando la relación laboral con la empleada doméstica se termina por decisión del empleador, lo que corresponde es efectuar un despido. Estos son los pasos que se deben cumplir:

ATENCION: Nota especial Doble Indemnización año 2020-2021 debido a pandemia COVID-19. LEER

1) Envío de telegrama de despido.

  • Se envía desde una sucursal del Correo Argentino.
  • Puedes descargar desde aquí el modelo de telegrama – Descargar . También puedes solicitarlo en el correo.
  • Es importante corroborar la dirección de la empleada ya que se considera último día de trabajo el día que la trabajadora recibe el telegrama.

2) Dar de baja la relación laboral en Afip.

Este trámite se hace desde la página web de Afip con Cuit y clave fiscal del empleador.  Se debe ir a la sección “Personal de Casas Particulares”, y ahí, en la tarjeta de la empleada que se desea despedir, clic en el botón “datos del trabajador” y luego “baja del trabajador”.

Una vez dada de baja la relación en el registro de AFIP, el sistema permite generar el volante electrónico de pago (VEP) para abonar los aportes y contribuciones del último mes de trabajo (no se debe abonar la ART, ya que esta se paga por adelantado).

Si este paso no se cumple, se siguen generando las obligaciones mensuales de pago de aportes de la empleada.

Si sos cliente de zolversPagos,  esto lo hacemos por vos.

3) Liquidación final.

Al terminar la relación laboral, la empleada debe cobrar:

  • El sueldo completo del último mes trabajado.
  • El proporcional del medio aguinaldo
  • El proporcional de las vacaciones
  • SAC sobre vacaciones: Es el aguinaldo sobre el monto de las vacaciones. Se calcula partiendo del proporcional de vacaciones /12.

Por tratarse de un despido (siempre que sea sin causa) corresponden las siguientes indemnizaciones.

  • Preaviso: Si no se cumplió el plazo de aviso anticipado (10 días si la antigüedad es inferior a 1 año o 30 días si es 1 año o más), se debe abonar un sueldo equivalente a este período.
  • SAC sobre preaviso: Es el monto anterior /12
  • Integración de mes de despido:  Si no hubo preaviso y la fecha de baja de la relación laboral no fuera el último día del mes, el empleador debe pagar además de las sumas correspondientes al preaviso, la totalidad del sueldo del mes en el que se produjo el despido.
  • SAC sobre integración mes de despido: Es el monto anterior /12.
  • Antigüedad: Se debe pagar el equivalente a un mes de sueldo por cada año de servicio o fracción mayor de tres meses. Se toma la mejor remuneración, mensual, normal y habitual del último año. Nunca puede ser menos de un sueldo.

La liquidación final se realiza en un recibo de sueldo, similar al que se entrega todos los meses, pero con el detalle de cada ítem.

Con la herramienta zolversPagos cualquier persona que tenga una empleada doméstica puede configurar los pagos mensuales para saber cuanto corresponde pagar cada mes, teniendo en cuenta faltas, horas extras, feriados, aguinaldo e incluso hacer el cálculo de la liquidación final.

 

 

 

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