Sueldo personal de casas particulares desde Abril 2023

En el mes de Marzo 2023, se aplica el último aumento del 4% pactado en Noviembre 2022 .

A partir de Abril 2023, se acordó un nuevo aumento del  27%, dividido en tres cuotas durante abril, mayo y junio

Los aumentos de cada tramo quedan:

Abril: 14% 

Mayo: 7% 

Junio: 6% 

Así quedarán los valores mínimos A PARTIR DE ABRIL de cada categoría:

ABRIL:

Categoría Monto por hora CON retiro (Hasta 23 hs semanales) Monto por mes CON retiro (entre 24 y 48 hs semanales) *1 Monto por mes SIN retiro
Personal para tareas generales $ 697,50 $ 85.585 $ 95.170
Cuidado de personas $ 752 $ 95.170 $ 106.057,50

 

MAYO:

Categoría Monto por hora CON retiro (Hasta 23 hs semanales) Monto por mes CON retiro (entre 24 y 48 hs semanales) *1 Monto por mes SIN retiro
Personal para tareas generales $ 740 $ 90.841 $ 101.014
Cuidado de personas $ 798 $ 101.014 $ 112.569,50

 

JUNIO:

Categoría Monto por hora CON retiro (Hasta 23 hs semanales) Monto por mes CON retiro (entre 24 y 48 hs semanales) *1 Monto por mes SIN retiro
Personal para tareas generales $ 777 $ 95.345,50 $ 106.023
Cuidado de personas $ 838 $ 106.023 $ 118.151,50

*1  Entre 24 y 32 hs semanales, se calcula un proporcional. El sueldo va a ser el valor del sueldo mensual, divido 48 y multiplicado por la cantidad de horas semanales que trabajás. Ejemplo, el valor para 28hs semanales es:   $75.075/48 *28 = $43,793 .  A partir de las 32 hs semanales, se toma el sueldo mensual completo ( artículo 72, inc. a), de la ley 26.844)

Aumentos anteriores 

Cabe destacar que los aumentos de los primeros meses 2023 (pactados en Noviembre 2022) fueron: Enero: 7%, Febrero: 5% y Marzo: 4% 

Antigüedad

Desde el 1 de Septiembre de 2020 se incorporó también el concepto de antigüedad en el sueldo de las trabajadoras.

Esto quiere decir que debe agregarse un “adicional por antigüedad” equivalente al 1% del sueldo por cada año trabajado con el  mismo empleador. Esto rige para nuevas relaciones laborales y para las que hayan comenzado antes de esa fecha, comienza a computarse desde el 1 de Septiembre de 2020.

*Para esta modalidad cabe aclarar que no es el mismo sueldo si se trabajan 24 horas por semana ó 30 ó 48. Lo que corresponde es tomar el valor mensual establecido, dividirlo por 192 (es el resultado de multiplicar 48 horas por 4 semanas del mes) para obtener un valor hora y luego multiplicarlo por la cantidad de horas trabajadas por semana.

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