Sueldo personal de casas particulares desde Abril 2023
En el mes de Marzo 2023, se aplica el último aumento del 4% pactado en Noviembre 2022 .
A partir de Abril 2023, se acordó un nuevo aumento del 27%, dividido en tres cuotas durante abril, mayo y junio
Los aumentos de cada tramo quedan:
Abril: 14%
Mayo: 7%
Junio: 6%
Así quedarán los valores mínimos A PARTIR DE ABRIL de cada categoría:
ABRIL:
Categoría | Monto por hora CON retiro (Hasta 23 hs semanales) | Monto por mes CON retiro (entre 24 y 48 hs semanales) *1 | Monto por mes SIN retiro |
Personal para tareas generales | $ 697,50 | $ 85.585 | $ 95.170 |
Cuidado de personas | $ 752 | $ 95.170 | $ 106.057,50 |
MAYO:
Categoría | Monto por hora CON retiro (Hasta 23 hs semanales) | Monto por mes CON retiro (entre 24 y 48 hs semanales) *1 | Monto por mes SIN retiro |
Personal para tareas generales | $ 740 | $ 90.841 | $ 101.014 |
Cuidado de personas | $ 798 | $ 101.014 | $ 112.569,50 |
JUNIO:
Categoría | Monto por hora CON retiro (Hasta 23 hs semanales) | Monto por mes CON retiro (entre 24 y 48 hs semanales) *1 | Monto por mes SIN retiro |
Personal para tareas generales | $ 777 | $ 95.345,50 | $ 106.023 |
Cuidado de personas | $ 838 | $ 106.023 | $ 118.151,50 |
*1 Entre 24 y 32 hs semanales, se calcula un proporcional. El sueldo va a ser el valor del sueldo mensual, divido 48 y multiplicado por la cantidad de horas semanales que trabajás. Ejemplo, el valor para 28hs semanales es: $75.075/48 *28 = $43,793 . A partir de las 32 hs semanales, se toma el sueldo mensual completo ( artículo 72, inc. a), de la ley 26.844)
Aumentos anteriores
Cabe destacar que los aumentos de los primeros meses 2023 (pactados en Noviembre 2022) fueron: Enero: 7%, Febrero: 5% y Marzo: 4%
Antigüedad
Desde el 1 de Septiembre de 2020 se incorporó también el concepto de antigüedad en el sueldo de las trabajadoras.
Esto quiere decir que debe agregarse un “adicional por antigüedad” equivalente al 1% del sueldo por cada año trabajado con el mismo empleador. Esto rige para nuevas relaciones laborales y para las que hayan comenzado antes de esa fecha, comienza a computarse desde el 1 de Septiembre de 2020.
*Para esta modalidad cabe aclarar que no es el mismo sueldo si se trabajan 24 horas por semana ó 30 ó 48. Lo que corresponde es tomar el valor mensual establecido, dividirlo por 192 (es el resultado de multiplicar 48 horas por 4 semanas del mes) para obtener un valor hora y luego multiplicarlo por la cantidad de horas trabajadas por semana.