¿Cuánto es el aporte del servicio doméstico?

Enterate en esta nota cuánto es y cuánto subirá el pago obligatorio mensual a la AFIP por un trabajador del servicio doméstico.

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Foto: nexofin.com

A partir del período junio de 2016 el aporte obligatorio que hay que pagar todos los meses por las empleadas de casas particulares que trabajan más de 16 horas semanales sube a $ 684 ( es de$ 498 hasta mayo).

Recordá que el pago mensual vence el día 10 del mes siguiente mes y que se puede pagar a través del Formulario 102/RT o mediante un Volante Electrónico de Pago (VEP) que se genera en la web de la AFIP. Consultá el video para ver cómo generar el VEP.

El aumento, de $ 186 para el caso de más de 16 horas semanales de trabajo, se aplica sobre la parte del aporte de la trabajadora, que es la que va a la obra social, la cual queda en $ 419 por mes.

A lo anterior se suman los montos destinados al régimen jubilatorio (contribución del empleador), que se mantiene en $ 35 por mes, y a la Aseguradora de Riesgos del Trabajo (ART), que siguen siendo de $ 230.

Los nuevos montos que rigen desde el  1 de junio de 2016 (vence el 11 de julio) son los siguientes (mirá los valores hasta mayo aquí):

Horas trabajadas semanalmente TOTAL A PAGAR Aportes trabajador (obra social) Contribuciones empleador (jubilación) Cuota ART
Menos de 12 $ 176 $ 34 $ 12 $ 130
Desde 12 a menos de 16 $ 252 $ 63 $ 24 $ 165
16 o más $ 684 $ 419 $ 35 $ 230

Los aportes corresponden a la trabajadora y las contribuciones están a cargo del empleador.

Además, por cada familiar que la empleada quiera incorporar en forma optativa a su obra social desde junio de 2016 deberá pagar $ 419 por mes.

Tené en cuenta que, para que la trabajadora tenga la cobertura de salud y pueda jubilarse en el futuro tiene que completar el aporte completo por mes de $ 268 ($ 233 para la obra social y $ 35 para la jubilación) hasta mayo y de $ 454 desde junio.

Si trabaja menos de 16 horas semanales puede sumar los aportes de distintos empleadores. Si así y todo no completa el total, puede realizar aportes voluntarios a través del Formulario 575/RT.

Fuente: presupuestofamiliar.com.ar