Desde noviembre el seguro de riesgos personales para domésticas será obligatorio

¿CÓMO Y POR QUE CONTRATAR UN SEGURO DE RIESGOS PERSONALES?

Cómo siempre, Zolvers se anticipa a tus necesidades y ya estamos preparados para ofrecerte este seguro. Si estás interesado solo tienes que dejar tu mail aquí y te contactaremos para darte más detalles.

seguro_riesgos_personales
Foto: lagaceta.com.ar

A partir del 3 de noviembre de 2014, las personas que trabajan en tareas domésticas deberán estar cubiertas por un seguro de riesgos laborales contratado por quienes den el empleo. La obligación surge de la ley 26.844, aprobada el año pasado, pero reglamentada -en lo que al seguro se refiere- en los últimos días.

-¿En qué casos debe contratarse la cobertura y cuánto costará?

-La cobertura de la ART es obligatoria en todos los casos, sin importar la cantidad de horas de trabajo.

-¿Qué pasará con los otros pagos a la seguridad social?

-A partir de las obligaciones de este mes, cuyo vencimiento es en octubre, el aporte a la obra social pasa de $ 100 a $ 233, según la resolución 3653 de la AFIP. La contribución para el sistema jubilatorio, de $ 35, seguirá igual. Así, el próximo mes habrá que pagar, en el caso de personal con 16 horas semanales o más, $ 268. En noviembre, estar al día con lo exigido implicará desembolsar 498 pesos.

-Si una trabajadora hace tareas en varios lugares, ¿cada empleador debe pagar el seguro según las horas que esté en su casa?

-Sí, cada empleador debe pagar su seguro.

¿Cómo contrata el seguro?

-Hay que recurrir a cualquier aseguradora de riesgos del trabajo (ART) y firmar un contrato anual, en los términos fijados por la resolución 2224 de la Superintendencia de Riesgos del Trabajo.

-¿Qué riesgos están cubiertos?

-El sistema debe otorgar una reparación integral en caso de un accidente en el lugar de trabajo o en el camino desde o hacia el domicilio de quien trabaja, o en caso de una enfermedad contraída por causa laboral. La ART se hace cargo de la atención médica y de los gastos en medicamentos, rehabilitación y traslados (eventualmente, podría tener que ocuparse de recalificar para la inserción laboral).

-¿Qué pasa si no se contrata ni se paga el seguro?

-Se estará en infracción. Según explican en la Superintendencia, la multa por incumplimiento equivale al monto de las cuotas correspondientes al período en que debió haber existido la afiliación. El dinero va a un fondo de garantía que administra el organismo.

-Hay quienes tienen cobertura de accidentes personales incluida en un seguro del hogar, ¿es válido?

-Con esa sola cobertura se está en infracción, porque no es la exigida por ley. “La recomendación para quien la tiene es darla de baja”, afirman en el organismo de control.

-¿Podría rescindirse el contrato?

-Por falta de pago, la ART podrá dejar sin efecto el contrato cuando haya dos cuotas mensuales impagas, consecutivas o no, según explica el abogado Luis Discenza, del estudio AMZ & Asociados.ß.

Quiero más información

Ver más en: lanacion.com